Ante los desastres naturales que vienen afectando al Perú, el Gobierno ha declarado Estado de Emergencia en diversos departamentos, provincias y distritos del país desde fines de enero del presente año. Esta situación impide a los sujetos obligados en materia de prevención de lavado de activos (LA) y del financiamiento del terrorismo (FT), domiciliados en dichas zonas, cumplir con normalidad las obligaciones previstas en la Ley N° 27693 y demás normas aplicables.
SE SUSPENDEN TEMPORALMENTE OBLIGACIONES ANTE LA UIF EN ZONAS AFECTADAS POR DESASTRES
