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¿Qué es y qué finalidad persigue cada uno? Su empresa o su patrimonio podrían estar expuestos.
Estimados clientes y amigos. Son tiempos difíciles para todos, donde lo más importante es cuidarnos y cuidar de nuestras familias y a todo nuestro entorno, siguiendo estrictamente las indicaciones y medidas dictadas por el Poder Ejecutivo, para hacer frente a la propagación del COVID-19.
Estimados participantes, comprometidos con el bienestar general y la salud de todos ustedes y, respetuosos y en concordancia con las medidas de emergencia dictadas anoche por el Poder Ejecutivo para hacer frente y evitar la rápida propagación del COVID -19 (Coronavirus), queremos anunciarles lo siguiente:
Mediante el Decreto Supremo Nº 002-2019-JUS, publicado hoy en el diario oficial “El Peruano”, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS) aprobó el Reglamento de la Ley N° 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por el delito de cohecho.
Adjunto el documento de la norma.
Dicha norma entrará en vigencia el día 29 de diciembre del 2018.
Resolución SBS N° 5060-2018 – Reglamento PLAFT COOPAC
Asimismo, se ha previsto que el inicio de la inscripción obligatoria en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito se lleve a cabo a partir del 1 de enero del 2019.
Enlace: Diario El Peruano
El proyecto de ley, que previamente fue aprobado por las comisiones de Economía y Producción del Congreso de la República, se aprobó con 91 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.
La Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) modificó las disposiciones reglamentarias relativas a la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 073-2018-SMV/02, cuyo proyecto había sido puesto en consulta ciudadana hasta el pasado 27 de mayo.
Sentencia. Se establece la autonomía del delito de lavado de activos y se reconoce que en estos casos lo primordial es la prueba por indicios y establecer el origen ilícito del dinero. Para la prisión preventiva se requiere casi certeza del delito.
Los fiscales ya no tendrán obstáculos legales para investigar el lavado de activos en el Perú. Ayer se publicó la sentencia de la Corte Suprema que ratificó la autonomía de este delito y estableció pautas sobre la valorización de la prueba para la prisión preventiva y la sentencia en estos casos. Fiscales y abogados expertos celebraron el fallo. Para los fiscales fue un triunfo, para los abogados un empate. Veamos lo que dice: